El expediente de nacionalidad por residencia se pierde casi siempre por lo mismo: un año de residencia mal contado, un certificado caducado o una notificación que nadie leyó. El procedimiento en sí es electrónico y relativamente sencillo; lo difícil es llegar a él con la carpeta impecable. Esto es lo que exige la norma en 2026, con las cifras y los plazos actualizados.
Cuántos años necesitas: el artículo 22 del Código Civil
La regla general son diez años, pero hay cuatro escalones y la mayoría de los solicitantes encaja en uno de los cortos.
| Plazo | A quién se aplica |
|---|---|
| 10 años | Regla general |
| 5 años | Personas con estatuto de refugiado |
| 2 años | Nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal y sefardíes |
| 1 año | Nacidos en España; quien no ejerció a tiempo el derecho de opción; quien estuvo bajo tutela, guarda o acogimiento de institución o ciudadano español dos años consecutivos; casados con español o española desde hace un año y no separados; viudos de español o española sin separación al fallecer; nacidos fuera de España de padre, madre, abuelo o abuela originariamente españoles |
Tres adjetivos condicionan el cómputo: la residencia debe ser legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud. Legal significa con autorización de residencia en vigor durante todo el periodo, no simple empadronamiento. Continuada admite viajes, pero las ausencias prolongadas rompen el cómputo, y el criterio administrativo es exigente a partir de seis meses seguidos fuera del país.
Los dos exámenes, y quién no tiene que hacerlos
El artículo 6 del Real Decreto 1004/2015 convierte la integración en algo medible: dos pruebas del Instituto Cervantes.
| Prueba | Qué evalúa | Precio 2026 | Detalle |
|---|---|---|---|
| CCSE | Constitución y realidad social y cultural españolas | 85 € | La inscripción da derecho a dos convocatorias |
| DELE A2 | Español como lengua extranjera, nivel A2 o superior | 138 € | Solo si el español no es lengua oficial en tu país |
Quedan exentos de ambas los menores de dieciocho años y las personas con capacidad judicialmente modificada, que acreditan la integración por otros medios. Y del DELE están exentos los nacionales de países donde el español es lengua oficial, aunque deben hacer igualmente el CCSE.
La documentación, con las trampas señaladas
- Certificado de nacimiento del país de origen, legalizado por vía diplomática o con apostilla de La Haya y traducido por traductor jurado.
- Certificado de antecedentes penales del país de origen, con los mismos requisitos, y el español, que solicita de oficio la Administración.
- Pasaporte en vigor y tarjeta de identidad de extranjero.
- Certificado de empadronamiento actualizado y certificado de residencia legal expedido por la Policía Nacional.
- Diplomas del CCSE y del DELE A2, o el documento que acredite la exención.
- Justificante de la tasa, modelo 790 código 026: 104,05 euros, importe revisable en los Presupuestos Generales del Estado y no reembolsable aunque te denieguen el expediente.
La trampa más común son las caducidades cruzadas. Los certificados de antecedentes penales suelen tener una validez de entre tres y seis meses, y el expediente puede tardar meses en revisarse: si te requieren documentación, tendrás que renovarlos. Escanea todo en PDF legible y guarda los originales, porque pueden pedírtelos en cualquier momento.
Casos especiales que ahorran documentos: los casados con español o española aportan además certificado de matrimonio del Registro Civil español y certificado de convivencia; quienes alegan ascendencia española, las certificaciones literales de nacimiento del padre, madre o abuelos.
Plazos: el año que casi nunca se cumple
| Fase | Plazo | Qué ocurre si vence |
|---|---|---|
| Resolución del expediente | 1 año desde la entrada de la solicitud | Silencio negativo: se entiende desestimada (art. 11.3 RD 1004/2015) |
| Jura o promesa e inscripción | 180 días desde la notificación de la concesión | La concesión caduca y hay que empezar de nuevo |
| Recurso de reposición | 1 mes desde la notificación | Potestativo, ante el propio Ministerio |
| Recurso contencioso-administrativo | 2 meses, o 6 meses si es contra el silencio | Ante la Audiencia Nacional |
Que el silencio sea negativo no significa que debas darlo por perdido al cumplirse el año: la Administración sigue obligada a resolver expresamente, y en la práctica muchos expedientes se resuelven más tarde de forma favorable. El silencio es una puerta que se te abre para recurrir, no un cierre.
Antes de recurrir, dos gestiones gratuitas que suelen resolver más que un abogado: consultar el estado del expediente en la sede electrónica del Ministerio de Justicia con tu número de expediente, y presentar una queja por retraso si supera con claridad el año.
Modelo de escrito para reclamar por el retraso
A la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública Ministerio de Justicia RECLAMACIÓN POR DEMORA EN LA RESOLUCIÓN DE EXPEDIENTE DE NACIONALIDAD D./Dª [NOMBRE Y APELLIDOS], con NIE [NÚMERO] y domicilio a efectos de notificaciones en [DIRECCIÓN], correo electrónico [CORREO] y teléfono [TELÉFONO], EXPONE 1. Que con fecha [FECHA] presenté solicitud de nacionalidad española por residencia, expediente número [NÚMERO DE EXPEDIENTE]. 2. Que a fecha de hoy han transcurrido más de doce meses desde su entrada sin que se haya dictado resolución expresa. 3. Que el artículo 11.3 del Real Decreto 1004/2015 fija en un año el plazo máximo de resolución, y que el artículo 21 de la Ley 39/2015 mantiene la obligación de resolver expresamente aun vencido dicho plazo. SOLICITA Que se impulse de oficio la tramitación del expediente y se dicte resolución expresa a la mayor brevedad, y que se me informe del estado actual del procedimiento y del trámite concreto pendiente. En [LUGAR], a [FECHA] Firmado: [NOMBRE]
Preséntalo por el registro electrónico general de la Administración, dirigido al Ministerio de Justicia, y guarda el justificante con sello de entrada.
Concedida la nacionalidad: los últimos 180 días
La concesión no te hace español todavía. Hay que comparecer para jurar o prometer fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las leyes, y practicar la inscripción en el Registro Civil, dentro de los ciento ochenta días siguientes a la notificación. Si el plazo pasa, la concesión caduca.
En ese acto se exige, con carácter general, la renuncia a la nacionalidad anterior. Están dispensados los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial y Portugal, y los sefardíes: pueden mantener las dos. Conviene saber, además, que la renuncia que se formula ante el Registro Civil español no siempre produce efectos en el país de origen, que aplica sus propias reglas.
Preguntas rápidas
¿Sigue abierta la Ley de Memoria Democrática? No. El plazo de la disposición adicional octava de la Ley 20/2022, prorrogado un año, terminó el 22 de octubre de 2025. Quien no presentó su solicitud entonces debe acudir a las vías ordinarias del Código Civil.
Tengo antecedentes penales cancelados. ¿Me deniegan? La buena conducta cívica es un concepto más amplio que el de antecedentes, y se valora caso por caso. Los hechos antiguos, leves y cancelados no suelen impedir la concesión; los recientes o graves, sí.
¿Puedo solicitarla para mis hijos menores? Sí, en representación de ellos, y están exentos de las dos pruebas. Si han nacido en España de padres extranjeros, revisa antes si les corresponde la vía de opción, que es más rápida.
Me han denegado por «no acreditar suficiente grado de integración» pese a tener los dos diplomas. Es un motivo recurrible: la denegación debe estar motivada con hechos concretos, no con fórmulas genéricas, y los tribunales anulan con frecuencia resoluciones de este tipo.
¿Necesito abogado o gestor? No es obligatorio. El expediente se presenta por vía electrónica con certificado digital o Cl@ve, y también puede hacerse a través de profesionales habilitados y del Colegio de Registradores.
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Fuentes oficiales
- Código Civil, artículos 21 a 23 (adquisición de la nacionalidad por residencia)
- Real Decreto 1004/2015, reglamento del procedimiento de nacionalidad por residencia
- Ministerio de Justicia: trámite de nacionalidad por residencia
- Instituto Cervantes: precio de la prueba CCSE
- Instituto Cervantes: exámenes DELE
- Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común (obligación de resolver y silencio)
- Sede electrónica del Ministerio de Justicia: consulta del estado del expediente
Escrito por Matías Lloret, autor de Soluciones Jurídicas MLR. Última revisión: 4 de septiembre de 2026, contrastada con el texto consolidado del BOE y con las tarifas publicadas por el Instituto Cervantes y el Ministerio de Justicia. Este artículo es divulgación jurídica general y no constituye asesoramiento legal: para un caso concreto, consulta con un abogado.

Todo ordenado y claro, así se entienden las cosas
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